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martes, 1 de junio de 2010

Manifiesto Heraldo de Aragón por la devolución de los bienes de Aragón


Manifiesto Heraldo de Aragón por la Devolución de los Bienes de Aragón

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Apreciados amigos y amigas, el Heraldo de Aragón ha iniciado una campaña de adhesiones al MANIFIESTO que han elaborado, en favor de la Devolución de los Bienes expoliados a Aragón por nuestros vecinos de Lérida. Han añadido a nuestro grupo en la pag. que han creado en face y nosotros tenemos un enlace con la de ellos, para que el que quiera se sume al manifiesto, que os reproduzco textualmente a continuación. Ánimo y por favor, haced extensivo este manifiesto a todos vuestros amigos, cuantos más seamos mejor.

Un saludo: Angel Solana

I. Los decretos incumplidos de 1998 y 2005.

El 8 de septiembre de 2005, la Congregación para los Obispos decretó que el obispado de Lérida debía devolver al de Barbastro-Monzón, en el plazo de treinta días, ciento doce piezas que retenía en su Museo Diocesano. Con ello ratificaba, de forma inapelable, un decreto emitido en 1998 por el Nuncio pontificio en España. En mayo de 2010, el decreto, al igual que otras disposiciones anteriores emitidas en el mismo sentido por las autoridades e instancias judiciales de la Santa Sede, sigue incumplido, en directo perjuicio de la diócesis de Barbastro-Monzón y de sus parroquias, propietarias constantes de dichos bienes desde hace siglos, sin que tal propiedad haya sufrido alteración. Los bienes siguen en Lérida, donde siempre estuvieron a título de depósito, según reconoció el prelado de esa ciudad el 7 de octubre de 1998 ante la Congregación vaticana para los Obispos.

II. El origen del caso: las parroquias aragonesas se incorporan a Aragón

El histórico obispado de Barbastro fue ampliado el 2 de septiembre de 1955 con la jurisdicción sobre veintiuna parroquias aragonesas hasta entonces dependientes de Lérida o de Urgel. Una segunda modificación de límites sucedió por el Decreto Ilerdensis-Barbastrensis. De finium mutatione, de la Congregación vaticana para los Obispos. El 15 de junio de 1995, Roma adscribió a la mitra barbastrense ciento once parroquias aragonesas aún dependientes de Lérida. La transferencia se llevó a cabo el 17 de septiembre de ese año (las 84 parroquias de los arciprestazgos de Ribagorza Occidental, Ribagorza Oriental y Cinca Medio) y el 15 de junio de 1998 (las 27 de La Litera y Bajo Cinca).

III. Las reclamaciones aragonesas sobre límites

Con ello varió su nombre a Diócesis de Barbastro-Monzón y finalizó el largo proceso de adecuación de sus límites a los civiles, iniciado cuarenta años antes, tras largos esfuerzos de la Iglesia de Aragón para lograrlo. Entre los últimos capítulos de esa reivindicación se cuentan el llamado "Compromiso de Roda de Isábena", asumido en la antigua ciudad episcopal por curas de los obispados de Huesca, Barbastro, Jaca y Zaragoza el 1 de abril de 1978; las asambleas de sacerdotes habidas en Zaragoza (1981, 1982 y 1984) y en San Juan de la Peña (1983); y la decisión, adoptada en 1993, de los párrocos de las localidades aragonesas bajo jurisdicción ilerdense de no tomar parte en el Concilio de la Iglesia de Cataluña de 1995 a menos que se encauzara el problema.

IV. Pronunciamientos en favor de Barbastro-Monzón

Por no afectar el cambio de diócesis al régimen de propiedad de las parroquias, estas siguen siendo dueñas de los objetos que el obispado de Lérida, mero depositario, viene reteniendo desde 1998, en contra de las reiteradas decisiones de la Nunciatura, la Congregación para los Obispos y el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica y de una nueva desestimación, en el año 2008, por el Tribunal de la Rota.

La controversia entre Lérida y Roma quedó, en fin, ultimada de manera definitiva y firme, mediante sentencia dictada por el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica el 28 de abril de 2007, contra la que no es posible recurso ninguno.

En este tiempo han expresado su criterio coincidente varios expertos, independientes, en Derecho Canónico y el Mediador oficial designado con la venia de la Secretaría de Estado vaticana. Otros episodios jurídicos han sido el rechazo en 2001, por el Tribunal de la Signatura Apostólica, de un recurso del obispo de Lérida "que claramente carece de cualquier fundamento" y la desestimación, el 7 de febrero de 2004, de una súplica al papa Juan Pablo II.

La acumulación de decisiones ha sido tal que el obispado de Lérida admitió finalmente el 30 de junio de 2008 la devolución de los bienes eclesiásticos aragoneses que tiene en depósito, si bien no ha impartido hasta ahora las instrucciones oportunas.

Tendrá apariencia paradójica, en la próxima visita del papa Benedicto XVI a Barcelona, la recepción que le tributen las mismas autoridades que tan obstinadamente vienen impidiendo que se ejecute la voluntad de Roma respecto de los bienes aragoneses.

V. Obispado de Barbastro-Monzón: historia y legitimidad

Esta persistente negación del derecho de las parroquias aragonesas ha sido más notable cuanto que la recién configurada diócesis de Barbastro-Monzón renunció a percibir la parte alícuota de los bienes económicos de la diócesis catalana a que tenía derecho (estimados en cientos de millones de pesetas), según el Decreto sobre límites de 1995, acotando su petición a las obras de valor histórico y artístico, dada su irrenunciable vinculación con las respectivas parroquias.

Las alegaciones de solución de continuidad o de ruptura de una colección son artificiosas, pues omiten considerar que la diócesis de Barbastro, en torno a la cual se configura la de Barbastro-Monzón, existe al menos desde el año 1101 e, históricamente, es la matriz directa de la ilerdense.

VI. Respeto por el Derecho

La histórica tradición del respeto al Derecho se mantiene arraigada en Aragón. Desde ella puede afirmarse que no es admisible que alguien alegue daño por devolver lo que no le pertenece, pues nadie puede perder lo que no fue suyo; ni, por lo tanto, tampoco puede transmitirlo a terceros, así tomen estos la forma de consorcios o patronatos, como es el caso.

Un aforismo clásico advierte que la cosa de alguien que se halla injustamente en poder de otro, esté donde esté, clama siempre por su dueño: ubicumque sit res, domino suo clamat. Cúmplanse o no las resoluciones de los jueces competentes, llévese o no a cabo la debida restitución de esos bienes artísticos que, contra la voluntad de sus propietarios, están retenidos fuera de Aragón, las ciento doce piezas que, desde hace tantos siglos, pertenecen a las parroquias aragonesas no dejarán nunca de clamar que se encuentran en manos indebidas.

Por todo ello, exigimos que cesen las maniobras de dilación que de manera maliciosa impiden el cumplimiento de las decisiones judiciales. Y reclamamos la inmediata devolución a sus legítimos propietarios de las ciento doce obras de arte retenidas en Lérida, como única forma de reparar tan flagrante injusticia.

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